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Accidentes de auto · Harvey, Luisiana

Abogada de accidentes de auto en Luisiana.

Choques por detrás, choques en cruces y accidentes en la autopista en Jefferson Parish, Nueva Orleans y todo Luisiana. El seguro del otro chofer empieza a trabajar el mismo día del choque. Aquí le decimos qué le da la ley y cómo protegerlo.

Cómo funciona un reclamo por accidente de auto en Luisiana

En Luisiana, el chofer que causó el choque es el que debe pagar. Su seguro paga el reclamo. La ley, en el artículo 2323 del Código Civil, dice que la corte le da a cada persona un porcentaje de culpa. Desde el 1 de enero de 2026, si usted tiene 51 por ciento de culpa o más, no recibe nada. Si tiene menos, le quitan su parte de culpa del pago.

El seguro mínimo en Luisiana es pequeño: $15,000 por persona y $30,000 por accidente para lesiones, y $25,000 por daños al auto. Esto está en la ley 32:900. Una lesión seria cuesta más que eso muy rápido. Por eso importa cada seguro: el del otro chofer, el suyo si tiene cobertura para choferes sin seguro, y el del trabajo del otro chofer si manejaba por trabajo.

El plazo

Si el choque fue el 1 de julio de 2024 o después, usted tiene dos años desde el día del choque para presentar su demanda. Esto está en el artículo 3493.1 del Código Civil. Los choques antes de esa fecha tenían solo un año. No espere hasta el final. Los videos de las cámaras, los datos del auto y la memoria de los testigos se pierden mucho antes.

Qué puede incluir su reclamo

Las cuentas médicas de hoy y del futuro. El dinero que dejó de ganar en su trabajo. El cuidado en su casa. El daño a su auto. Y el dolor, la angustia y lo que su vida perdió por la lesión. Cada cosa se tiene que probar con papeles, no solo con palabras.

Leyes que apoyan esta página, revisadas en el texto actual de la Legislatura de LuisianaCódigo Civil de Luisiana, art. 2323 (culpa comparativa; Acta 15 de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026).Código Civil de Luisiana, art. 3493.1 (plazo de dos años; Acta 423 de 2024, vigente desde el 1 de julio de 2024).La. R.S. 32:900 (seguro mínimo).La. R.S. 32:866 (choferes sin seguro; Acta 16 de 2025, vigente desde el 1 de agosto de 2025).
Preguntas comunes
¿Tengo que pagar algo por adelantado?

No. En los casos de lesiones, el pago de la abogada sale del dinero que usted recibe al final. El cliente puede ser responsable de los costos de la corte y los gastos del caso sin importar el resultado.

El seguro me ofreció dinero. ¿Lo tomo?

No lo tome todavía. Primero hay que saber qué tan grave es su lesión y revisar la oferta. Las ofertas rápidas casi siempre llegan antes de que los médicos terminen. Si firma, el reclamo se acaba.

¿Y si el otro chofer no tenía seguro?

Si usted tiene cobertura para choferes sin seguro, su propio seguro paga. Si usted era el chofer sin seguro, la ley 32:866 limita lo que puede cobrar, pero hay excepciones. En los dos casos, deje que revisen su reclamo antes de que alguien le diga cuánto vale.